La Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 5 de febrero, reconoce “ el derecho del trabajador a que se le abonen las diferencias retributivas por las funciones superiores desempeñadas no se condiciona a la existencia de plazas en plantilla, ya que según la literalidad del artículo 39.3 ET, el trabajador tendrá derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice”.