Se solicita la nulidad del nuevo cómputo de fichajes de incidencia sobre ausencia para fumar, tomar café, desayunar, que hasta ahora se integraban como tiempo de trabajo dentro de la jornada y no se fichaba ni se descontaba. No cabe deducir que la empresa reputase dichas interrupciones de la prestación de servicios como de trabajo efectivo. SAN nº 144/2019 Social 10/12/2019