Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 28-2-2018. Sobre la fijación de los conceptos retributivos de deben percibirse durante las vacaciones. Insiste la sentencia en la doctrina de que la retribución correspondiente al periodo vacacional debe atender a su finalidad de descanso efectivo y por ello el trabajador debe percibir su retribución habitual para evitar desincentivar su disfrute. Y para su cálculo aclara la sentencia que se debe considerar que un determinado concepto retributivo es habitual cuando se ha percibido durante 6 meses o más en los 11 meses anteriores al descanso anual.